La solicitud de información pública es un derecho que permite a cualquier persona tener conocimiento de la información que se encuentra en cualquier entidad estatal, según lo establece la Ley de Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de los Órganos de la Administración del Estado, Ley Nº20.285, vigente desde el año 2009.
La Ley de Transparencia desarrolla este derecho en 2 dimensiones:
a) Transparencia activa: El acceso permanente a información institucional actualizada y relevante, a través de los sitios web de los organismos públicos.
b)Solicitud de acceso a la información: El deber que tienen los organismos públicos de recibir solicitudes de información y entregar ésta, salvo que exista un motivo de secreto o reserva estipulada por la Ley de Transparencia.
Información que se puede solicitar
Puede solicitar información contenida en los actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público. Incluye toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento. Lo anterior, salvo las excepciones legales.
Medios para presentar la solicitud de acceso a la información pública del INACH
1. Mediante formularios en papel y cartas:
Formularios impresos: en la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) solicite un formulario y entréguelo en esa unidad para ser gestionado.
En caso de estar impedido para completar el formulario, el funcionario de la OIRS que atienda su solicitud en el INACH podrá rellenar el formulario por usted. Además, puede entregar del formulario impreso descargándolo desde este sitio y enviarlo vía correo postal o entregarlo en forma presencial en la OIRS o accediendo a este vínculo .También puede enviar por correo postal una carta con la solicitud de información a la dirección del INACH.
La dirección para el envío de las solicitudes vía correo postal es:
Plaza Muñoz Gamero 1055
Punta Arenas
Horario de atención: Lunes a Jueves de 08:30 a 13:00 y de 13:30 a 17.30 horas
Viernes de 08:30 a 13:00 y de 13:30 a 16.30 horas.
2. Desde el sitio web de INACH:
Desde esta sección, puede acceder directamente al Sistema online de Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública.
Además, en el minisitio Gobierno Transparente¸ al que se accede desde el banner dispuesto en la página principal del sitio electrónico del INACH (www.inach.gob.cl), en la sección enlace al Sistema de Gestión de Solicitud de Acceso a la Información Pública usted puede crear una cuenta de usuario y realizar sus solicitudes online.
Cómo completar una solicitud de información pública
Llene el formulario con los siguientes datos obligatorios:
- Nombre y apellidos o razón social (si corresponde).
- Nombre de la Institución al que se le solicita la información (INACH o Instituto Antártico Chileno).
- Identificación clara y precisa de la información y documentos que requiere.
- Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado.
- Dirección (particular, laboral y/o correo electrónico habilitado).
Para efectos de notificación y entrega de la información, debe completar lo siguiente:
- Medio por el cual desea ser notificado.
- Forma de recepción o retiro de la información.
- Formato de entrega de la información.
En el caso de enviar la solicitud por carta, incluya la información solicitada en el punto 1.
Plazos para responder a la solicitud de información pública
El Servicio tiene un plazo máximo de 20 días hábiles (lunes a viernes), para responder a un requerimiento de información, ya sea entregando la información requerida o negándose fundadamente a ello. En caso de que la Institución no sea competente para responder, será derivada al órgano a que corresponda, informándole de ello cuando corresponda.
La ley otorga además una extensión de 10 días hábiles adicionales de respuesta en los casos que sea muy difícil reunir la información solicitada. Cuando esto ocurra, se enviará un aviso de la prórroga, antes de vencer el plazo original.
Reclamos que puede hacer ante el Consejo para la Transparencia
El Consejo para la Transparencia es el organismo público encargado de promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los órganos de la Administración del Estado y garantizar el derecho de acceso a la información pública. Es decir, es la institución encargada de hacer cumplir las disposiciones de la Ley de Transparencia y amparar el derecho de los particulares.
- Amparo por denegación de Acceso a la Información Si su Solicitud de Información no recibe respuesta, le es denegada, la considera incompleta, o tarda más de lo que la Ley le exige al Servicio, usted tiene derecho a presentar un “Amparo por denegación de Acceso a la Información” ante el Consejo para la Transparencia. Para este efecto, utilice para el formulario disponible en el siguiente vínculo: link.El formulario debe ser entregado en la Gobernación más cercana o en las oficinas del Consejo para la Transparencia, ubicadas en Agustinas 1291, piso 6, Santiago.
- Reclamo de publicación de información en Transparencia Activa Si usted detecta que el Servicio no publica información de Transparencia Activa, está desactualizada, es incompleta, no puede acceder a ella o que es errónea, usted tiene derecho a presentar un «Reclamo de Transparencia Activa» ante el Consejo para la Transparencia. Para ello utilice el formulario disponible en el siguiente enlace:link.
Déjelo en su Gobernación más cercana o en las oficinas del Consejo para la Transparencia, ubicadas en Agustinas 1291, piso 6, Santiago.
Para mayor información visite el sitio del Consejo para la Transparencia: http://www.consejotransparencia.cl